El PRD, PRSC y FP sí serán partidos mayoritarios, según explica Peña Guaba

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09.07.2020

Santo Domingo .- El presidente del Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPREDOM), José Francisco Peña Guaba, afirmó que contrario a lo que han informado algunos medios desde la mañana de este miércoles, los partidos Revolucionario Dominicano (PRD) y Reformista Social Cristiano (PRSC) continuarán siendo mayoritarios, al igual que Fuerza del Pueblo (FP), pese a no alcanzar el 5 % de los votos en los comicios del domingo.

Peña Guaba fundamenta su afirmación explicando que a los partidos hay que sumarles los votos obtenidos en las elecciones municipales, presidenciales y congresuales, de acuerdo a la Ley Orgánica de Régimen Electoral, en su artículo 154; Ley de Partidos, artículo 75, y una sentencia emitida por el Tribunal Superior Administrativa (TSA).

“A diferencia de la elección de un solo nivel, como en procesos electorales anteriores, ahora hay que hacer la sumatoria de los votos en todos los niveles, dividido entre tres,” a los partidos políticos”, precisó Peña Guaba.

Guaba, haciendo una explicación aritmética, aclara que “la Fuerza del Pueblo sacó en las municipales 3.5, pero en la presidencial, congresual obtuvo 4, lo cual sumando, dijo, es un total de 7.7.

“El Partido Reformista tuvo 4.10 en las municipales y sacó alrededor de 4.5 en la presidencial, que será igual a 8; el Partido Revolucionario Dominicano, que sacó 4.9 en la municipal, también quedará en posición mayoritaria de acuerdo a la Sentencia del TSA”, sostuvo Peña Guaba.

El presidente del Foppredom, dijo “quienes están contando, no lo están haciendo correctamente, sino sumando por una sola elección, pero hay que sumar los porcentajes de las elecciones, las municipales y congresuales, por lo que serán mayoritarios la Fuerza del Pueblo, el Partido Reformista y el PRD”.

La sentencia del TSA dice: “dispone de ahora en adelante el criterio válido que determina a los partidos que participan en las elecciones generales, municipales, presidenciales y congresuales para el 5 de julio, sea el resultado de la sumatoria de los votos válidos obtenidos de manera individual de cada partido en los comicios municipal y presidencial, congresual de las pasadas elecciones del 5 de julio”.

No mayoritarios

La importancia de ser mayoritario o no radica en que en este punto varia la cantidad de dinero que recibirán de la Junta Central Electoral (JCE).

De acuerdo a la Ley de Partidos 33-18, se repartiría un 80% en partes iguales entre las que obtuvieron más del 5% de los votos computados.

Se repartirá un 12% entre los partidos que lograron entre 1% y menos del 5% y un 8% en los que mantuvieron su reconocimiento, pero no superaron el 1% de los votos.

Pérdida de la personería jurídica

Artículo 75 ley electoral.- Causas de pérdida de la personería jurídica.

La Junta Central Electoral mediante resolución motivada, declarará disuelta la personería jurídica del partido, agrupación o movimiento político, cerrará el expediente y ordenará su depósito en el archivo de dicha institución, por una de las siguientes causas: 1) No haber obtenido por lo menos un uno por ciento (1%) de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones nacionales ordinarias, presidencial, congresual, municipal o de distrito municipal correspondiente al mismo período electoral.

También, por “no haber obtenido representación congresual o municipal en las últimas elecciones generales.

En las pasadas elecciones un total de 20 partidos no alcanzó el 1 % de los votos emitidos, entre los que se citan Bloque Institucional Social Demócrata (BIS, Humanista Dominicano (PHD), Cívico Renovador (PCR), Unidad Nacional (PUN), entre otros.



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